Es el órgano de dirección de carácter unipersonal que ejerce la representación ordinaria del IGME, dirige su actividad científica y su gestión ordinaria.
Son funciones de la Directora:
- Ejercer la representación ordinaria el IGME, dentro de sus competencias.
- Apoyar a los órganos de gobierno del CSIC, prestándoles asesoramiento científico-técnico en la planificación de la actividad del organismo.
- Ejecutar los acuerdos de la Junta y mantenerla informada de las gestiones realizadas.
- Transmitir a todo el personal la información remitida desde la ORGC del CSIC e informar al Claustro sobre sus actividades y la gestión realizada por la Junta.
- Organizar la elaboración de la memoria anual de actividades del instituto, de acuerdo con las directrices fijadas por la Presidencia del CSIC.
- Impulsar las actividades de divulgación y comunicación de la actividad del IGME.
- Responsabilizarse de la elaboración, ejecución y seguimiento del plan estratégico del IGME y de los planes de actuación anuales.
- Dirigir la actividad científica del IGME poniendo en marcha cuantas iniciativas sean necesarias para la mejora de la calidad de la investigación y el impacto de los resultados.
- Facilitar e impulsar la interacción y colaboración entre grupos del instituto, la participación en PTI, redes y otras estructuras de investigación colaborativas, y el establecimiento de programas de investigación conjuntos con otros institutos del CSIC, empresas y otras instituciones, promoviendo la internacionalización de las actividades del IGME.
- Ejercer sus competencias para la presentación de solicitudes, aceptación de subvenciones o modificación de las condiciones de su ejecución, presentación de justificaciones y documentación complementaria, formalización de contratos y conocer y autorizar, si procede, todas las solicitudes de financiación de proyectos de investigación, de infraestructuras, contratos, convenios y demás iniciativas de carácter científico y tecnológico en las que estén involucrados los miembros del IGME.
- Velar por la correcta ejecución y justificación de los proyectos de investigación del IGME.
- Velar por la adecuada protección de los logros científicos y tecnológicos del IGME, promoviendo su transferencia a todos los sectores socio-económicos nacionales e internacionales.
- Nombrar a los titulares de las vicedirecciones del IGME y a los jefes de los departamentos, proponer su creación o supresión.
- Aprobar la creación, supresión o cambio de denominación de los departamentos, u otras estructuras en las que se organice la actividad científica del IGME. Aprobar la adscripción del personal a cada una de ellos.
- Aprobar la constitución de cada uno de los grupos de investigación del IGME, otorgando la consideración de jefe/a de grupo, así como su disolución o el posible cambio de personal de un grupo a otro.
- Aprobar la creación, supresión o cambio de denominación de las unidades de servicios administrativos, generales y de servicios técnicos. Aprobar la adscripción del personal a cada una de ellas.
- Dirigir al personal del instituto, supervisar el cumplimiento de sus obligaciones y proponer a los órganos de la ORGC las medidas necesarias para resolver los problemas que pudieran presentarse.
- Dirigir, coordinar y supervisar todos los servicios administrativos, generales y técnicos del instituto, responsabilizándose de su gestión económica y de personal.
- Decidir y justificar la asignación de incentivos al rendimiento o proponer su concesión.
- Proponer la adopción de medidas disciplinarias o, en caso de faltas leves, ejercitar esta potestad.
- Aprobar, en coordinación y con el apoyo de la Gerencia, la propuesta de presupuesto del IGME y su distribución, encargándose del seguimiento de su ejecución y planteando a los órganos competentes de la ORGC las necesidades adicionales y/o extraordinarias de financiación.
- Asignar y desasignar espacios al personal del IGME.
- Velar para que las instalaciones e infraestructuras del IGME y los medios de que dispone sean los adecuados para el eficaz desarrollo de sus actividades.
- Garantizar el debido acceso, mantenimiento y correcto uso de las instalaciones y medios del IGME por parte del personal adscrito al mismo y de terceros ajenos que, previa autorización, hagan uso de ellos.
- Velar por el correcto cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales en las actividades del IGME.