Igualdad, Diversidad e Inclusión en el IGME

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Comité de Igualdad, Diversidad e Inclusión

El Comité de Igualdad, Diversidad e Inclusión del IGME se constituye en 2013, con el nombre de Grupo de Igualdad del IGME, de conformidad con las políticas de igualdad puestas en marcha por la Administración General del Estado y, en la actualidad, con las políticas de igualdad del CSIC, y en concreto en consonancia con su Plan de Igualdad que establece que “en aquellos Institutos y Centros en los que así se considere, podrán constituirse comités de igualdad, como política de buena práctica y de manera voluntaria, con la finalidad de impulsar las políticas de igualdad recogidas en el Plan de Igualdad del CSIC vigente en cada momento”.

Nuestro propósito principal es que en nuestro centro se respete y promueva la igualdad de oportunidades de todo el personal en todas sus actividades atendiendo a la diversidad, sin distinción de género, raza, ideología, edad, orientación afectivo-sexual o religión, y sea cual sea la labor que se desarrolle.

    • Asegurar que todos los miembros del Instituto cuentan con las mismas oportunidades, sin importar el género, orientación sexual, edad, raza o religión.
    • Aconsejar a la Dirección en temas relacionados con la igualdad.
    • Servir de cauce de las propuestas o sugerencias que el personal del IGME pudiera realizar en la materia.
    • Atender a cualquier miembro del Instituto, de forma estrictamente confidencial, que se sienta víctima de acoso, discriminación o cualquier otro tipo de comportamiento inadecuado.
    • Realizar estadísticas de forma regular, así como recabar otra información relevante relativa a ID, para identificar posibles sesgos, ayudando así a la Dirección y a los grupos del Instituto a tomar las medidas oportunas.
    • Organizar reuniones y eventos que promuevan un foro de discusión sobre ID.
    • Incorporarse a iniciativas nacionales e internacionales de igualdad de género y mantener reuniones periódicas con otras entidades nacionales e internacionales para debatir sobre las actividades realizadas en el Instituto en materias de ID. .
    • Difundir y promover el conocimiento de las políticas de igualdad del CSIC, como son los Planes de Igualdad de la AGE y del CSIC, así como las actividades y decisiones institucionales sobre igualdad.
    • Promover la formación del personal en temas de igualdad de género y diversidad, así como formación específica frente al acoso sexual y por razón de género, preferiblemente en el marco del Plan de Formación del CSIC.
    • Actividades de divulgación de valores de igualdad para promover la transformación cultural en el IGME.
    • Promover, de acuerdo con la dirección, la igualdad en las estructuras funcionales y organizativas del IGME.
    • Fomentar la inclusión del sexo/género en la investigación y la innovación, y la formación en esta materia, potenciando la integración del análisis de sexo/género en los proyectos de investigación.
    • Fomentar, mediante acciones específicas, la visibilización del papel de las mujeres en el IGME, en todos los ámbitos laborales, y la divulgación del papel de la mujer en la Ciencia en general como referente para las generaciones actuales y futuras.
    • Fomentar, mediante acciones específicas, la visibilización de la diversidad afectivo sexual y de género y promover la inclusión del colectivo LGTBQIA+ en Geociencias
     

Contacto

Puedes contactarnos a través de nuestro correo electrónico: igualdad@igme.es

Equipo

h.aguilera@igme.es
Héctor
Aguilera Alonso
+34 91 349 5907
elisabeth.diaz@igme.es
Elisabeth
Díaz Losada
+34 91 349 5711
m.druet@igme.es
María
Druet Vélez
+34 91 728 7279
e.galindo@igme.es
María Elena
Galindo Rodríguez
+34 91 349 5937
o.garcia@igme.es
Olga
García Menéndez
+34 91 349 5923

Normativa Vigente

El CSIC aprobó en marzo de 2022 el III Plan de Igualdad entre mujeres y hombres del CSIC, tomando como referente el III Plan para la Igualdad de Género en la AGE y sus organismos públicos, que incluye por primera vez, medidas de carácter trasversal y se enmarca en dentro de la normativa y planes de acción europeos y de Naciones Unidas en materia de Igualdad de Género.

En el III Plan de CSIC, se han incluido 49 medidas distribuidas en 7 ejes donde se han incluido indicadores de impacto para valorar los resultados del plan y rendir cuentas.

  1. Medidas instrumentales para una transformación organizativa.
  2. Sensibilización, formación y capacitación.
  3. Condiciones de trabajo y desarrollo profesional.
  4. Corresponsabilidad y conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
  5. Violencia contra las mujeres.
  6. Interseccionalidad y situaciones de especial protección.
  7. Inclusión de la perspectiva de género/sexo en la investigación.

Recursos

La Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) ha editado la publicación digital Hacia una comunicación inclusiva de la ciencia: reflexiones y acciones de éxito para abordar los principales aspectos que se deben tener en cuenta para el diseño y ejecución de proyectos de divulgación y comunicación científicas inclusivos. Para ello, se han analizado estudios recientes sobre el tema y se ha contado con la colaboración de un equipo experto en este ámbito, así como con entidades que están trabajando en esta línea.

Protocolo de prevención e intervención frente al acoso sexual y por razón de sexo en el CSIC

El 29 de abril de 2024, en cumplimiento de una de las medidas del III Plan de Igualdad del CSIC, la Presidencia del CSIC aprueba una nueva actualización del Protocolo de prevención e intervención frente al acoso sexual y por razón de sexo del CSIC de diciembre de 2013, actualizado previamente en 2019 y 2020. Este nuevo protocolo incorpora la actualización de la normativa en materia de igualdad y responde a la voluntad de mejora continua de los dispositivos para garantizar que el CSIC es una institución segura.

Para todo lo no regulado en este Protocolo será de aplicación lo dispuesto en las revisiones y actualizaciones incluidas en el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 247/2024, de 8 de marzo.

El acoso sexual y el acoso por razón de sexo, ya sea por la propia condición sexual de la persona, orientación sexual o identidad y expresión de género (en adelante, con los términos acoso sexual y por razón de género se entenderán incluidos el acoso por orientación sexual y por identidad y expresión de género), atentan gravemente contra los derechos fundamentales. El acoso sexual y el acoso por razón de sexo vulneran el derecho a la no discriminación por razón de sexo, la igualdad, la dignidad y el derecho a una vida libre de violencia y constituyen una forma de violencia de género que no puede tolerarse. Además, cuando se producen en el ámbito de una relación de empleo, vulneran el derecho al trabajo.

Los objetivos específicos que se establecen en el Protocolo son los siguientes:

  • Incrementar la información, formación y sensibilización al personal en materia de igualdad de género, acoso sexual y por razón de sexo, en especial, a las Direcciones, Gerencias, a las personas que constituyen los Comités de Igualdad, y a las que forman parte de la Comisión frente el Acoso Sexual, proporcionando pautas para identificar tales situaciones y prevenirlas.
  • Mejorar la identificación de las situaciones de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y aquellas otras que, sin ser constitutivas de acoso, suponen comportamientos reprobables por
    ser conductas inapropiadas hacia cualquier persona (Anexo IV). 
  • Tramitar diligente, ágil y empáticamente los procedimientos y realizar un seguimiento detallado de las actuaciones ante situaciones de acoso sexual y/o de acoso por razón de sexo.>/li>
  • Facilitar la denuncia en los casos de acoso, estableciendo los canales y las personas de
    referencia a las que se pueden comunicar estos comportamientos.
  • Establecer las medidas de protección que sean necesarias para garantizar la dignidad personal de la víctima, incluyendo las de tipo organizativo que sean oportunas.
  • Garantizar la seguridad, la integridad y la dignidad de las personas afectadas, en especial, el tratamiento reservado y el respeto a la intimidad y la dignidad.
  • Aplicar ágilmente medidas cautelares ante la denuncia y las medidas sancionadoras pertinentes

    tras la investigación.

  • Promover un espacio libre de acoso sexual y por razón de sexo en todos los lugares de trabajo y, de forma específica, en instalaciones singulares como los buques oceanográficos u otras
    embarcaciones, la Estación Antártida, las fincas experimentales, los observatorios, los trabajos de campo y, en definitiva, todo ámbito laboral aislado que plantee convivencias más allá de la estricta jornada laboral.
  • Asegurar la comunicación de los resultados de los procedimientos de acoso y garantizar el seguimiento de las personas implicadas en estos casos, especialmente, el acompañamiento de la víctima.

El ámbito objetivo de aplicación de este Protocolo se define en el artículo 7 de la LOI, que dispone que constituye acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo, siempre que tenga lugar en el ámbito laboral (durante el trabajo, en relación con el trabajo o como resultado del mismo, lo que incluye los supuestos de horario extendido como el trabajo a bordo de buques o las “salidas a campo”). Por otro lado, constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo, siempre que tenga lugar en el ámbito laboral.

Respecto al lugar de trabajo, el Protocolo será de aplicación en los siguientes casos:

  • En el lugar de trabajo, inclusive en los espacios públicos y privados incluidos los buques
    oceanográficos u otras embarcaciones, la Base Antártida, las fincas experimentales, etc.
  • En los lugares donde se descansa por razón del trabajo, se come o en los que se utilizan instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios, así como en los alojamientos proporcionados por el CSIC.
  • En los desplazamientos, viajes, salidas de campo, estancias, congresos, eventos o actividades institucionales o de formación, en definitiva, en cualquier interacción personal, siempre que se gestione u organice por el CSIC, es decir, con ocasión del trabajo.

El Protocolo será de aplicación en el ámbito de las tecnologías de la información y comunicación para luchar contra el acoso digital o ciberacoso sexual o por razón de sexo. Este Protocolo será de aplicación siempre que las comunicaciones se produzcan con ocasión del trabajo o estén relacionadas con el mismo, ya sea mediante canales de comunicación institucionales o a través de las redes sociales.

Este Protocolo se aplicará a toda persona trabajadora que tenga una relación laboral con el CSIC. No obstante, en lo que se refiere a la posibilidad de interponer una denuncia y realizar las correspondientes actuaciones aquí previstas, este Protocolo también resulta de aplicación en los casos que involucren a personas que, aun no teniendo una relación laboral con el CSIC, prestan servicios o colaboran con la organización, tales como las personas de empresas externas, personas en formación, las que realizan prácticas no laborales o aquéllas que realizan voluntariado (casos concretos en el punto 4.2.2 del protocolo).

En relación con las empresas adjudicatarias de contratos con el CSIC, en el Pliego de prescripciones administrativas particulares para la contratación de servicios se incluirá la obligación de cumplir la normativa sobre la elaboración e implantación de planes de igualdad y/o medidas para promover la igualdad y la implantación de un Protocolo de acoso sexual y/o por razón de sexo.

  • La persona que ejerza la Presidencia.
  • La persona titular de la Secretaria General (SEGE)
  • La Secretaría General Adjunta de Recursos Humanos (SGARH) (sgarh@csic.es.) será responsable de programar la formación e información relativa al Protocolo; recibe las denuncias a través de la gestión de la cuenta de correo destinada al efecto: protocolo.acosos@csic.es; informará de la tramitación y resolución de los diferentes casos a la Comisión Delegada de Igualdad.
  • La Comisión Delegada de Igualdad (comisiondelegadadeigualdad@csic.es) participa en la elaboración, seguimiento y actualización del Protocolo.
  • La Unidad del Comisionado para Promover un Entorno Laboral Sano y Seguro (COMSE) es responsable de hacer el seguimiento de la implementación del protocolo y de las actuaciones que se desarrollen ante situaciones de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, prestando igualmente su apoyo a los diferentes órganos y unidades con competencias en esta materia para la tramitación diligente y ágil de los procedimientos, y será la unidad de referencia para obtener orientación y asesoramiento, sin perjuicio de la labor a desarrollar por la persona que ejerza el apoyo confidencial.
  • La Comisión frente al Acoso Sexual del CSIC (CFAS) será la unidad responsable de la tramitación de los procedimientos que se lleven a cabo dentro del ámbito de aplicación del presente Protocolo. La Comisión está formada por las siguientes personas:
    • SEGE: Beatriz Esteban Añover (titular) y Ana María Orejas Brasero (suplente).
    • VICYT: Carmen Simón Mateo (titular) y María Ángeles López Vázquez (suplente).
    • VORI: María Gómez Ballesteros (titular) y Ana Isabel Criado Contreras (suplente).
    • Comisión de Mujeres y Ciencia: Teresa Suárez González (titular) y Nuria Campillo Martín (suplente).
    • Secretaría: Anna Marina Giersig Heredia.
    • OOSS:
      • CCOO: Marta Sorribes Gil (titular) y Daniel Jiménez González (suplente).
      • UGT: María del Pilar Sabuquillo Castrillo (titular) y Rosa Maria Hidalgo Checa (suplente).
      • CSIF: Ruth Bernardino Gil (titular) y Pilar Linares Alemparte (suplente).
      • CIG: Cristina Represas Romero (titular) y Miren Utxasi Salinas Aguilera (suplente).
  • Otras Unidades con competencia en el protocolo son las Direcciones y Gerencias de los Institutos y Centros, los Comités de Igualdad y el Apoyo Confidencial.
    • La Dirección de los Institutos y Centros
    • Los Comités de Igualdad de Institutos y Centros
      • Comité de Igualdad, Diversidad e Inclusión del IGME: igualdad@igme.es. El Comité asistirá a la víctima cuando así lo solicite, proporcionando información sobre el Protocolo y prestándole el apoyo y asesoramiento que requiera hasta que se designe la persona que ejerza el Apoyo Confidencial.La persona de referencia para prestar asesoramiento y apoyo es María Druet, si bien todo el Comité estaría a disposición de la persona que lo considere. El listado completo de los integrantes de Comité (y sus correos electrónicos) se encuentra en la intranet del IGME.
    • El Apoyo Confidencial prestará apoyo y asesoramiento a las víctimas; informará a las víctimas sobre sus derechos y las distintas formas de actuación posibles a lo largo de todo el proceso.

El Protocolo quedará activado por la SGARH en cuanto se tenga conocimiento de una información en la que se muestran indicios de acoso sexual o por razón de sexo, ya proceda de la persona afectada o de oficio de las Direcciones o responsables de unidad.

La comunicación o información deberá contener un relato de los hechos acaecidos, e identificar tanto a la persona que realiza la denuncia, que podrá no coincidir con la víctima, como a la persona denunciada.

La comunicación sobre la situación de acoso sexual o por razón de sexo podrá hacerse llegar a la SGARH por diferentes personas y de diferentes vías con el fin de facilitar la activación del Protocolo.

  • Mediante comunicación verbal y/o escrita por parte de la víctima, a título personal o de forma colectiva cuando haya varias víctimas en un mismo caso.
  • Mediante una comunicación escrita por parte de la Dirección, la Gerencia, del Comité de Igualdad del respectivo centro o de la CDI, que tendrán la obligación de interponer la denuncia cuando conozcan de una situación de posible acoso.
  • Independientemente de la forma verbal o escrita en que haya producido la primera comunicación que inicia el Protocolo, la interposición de la denuncia se realizará cumplimentando y firmando el modelo que se recoge en el Anexo I, adjuntando las pruebas que considere oportunas y su remisión a la SGARH a través de la cuenta de correo protocolo.acosos@csic.es.

Activado el Protocolo, la SGARH lo comunicará a la COMSE, para su conocimiento y seguimiento, y a la Dirección o unidad responsable correspondiente.

Recibida la comunicación de la SGARH sobre activación del Protocolo, la Dirección de los Centros y personas responsables de unidad establecerán las medidas organizativas necesarias a nivel individual y general con respecto de la víctima y la persona denunciada, conforme el Anexo VII. Estas medidas se mantendrán a lo largo del todo proceso, inclusive durante la tramitación del proceso penal, caso de existir, aun estando suspendida la vía administrativa.

Tan pronto como tengan conocimiento de los hechos, la SGARH o la Dirección de los centros informarán a la víctima de los derechos que le asisten y de los recursos que la institución pone a su disposición. En cualquier momento del proceso, la víctima podrá solicitar de la COMSE la orientación o asesoramiento que precise, sin perjuicio de la que, en su caso, pueda recibir del apoyo confidencial del centro.

Si la víctima da su conformidad, la SGARH, a propuesta de la Dirección del ICU, le comunicará los datos de la persona que ejerza las funciones de Apoyo Confidencial.

Una vez activado el Protocolo, la SGARH elevará la comunicación y/o denuncia anonimizada, las medidas organizativas y de apoyo adoptadas, así como la información que conste en el expediente a la CFAS.

La SGARH convocará a la CFAS a una reunión que tendrá que realizarse en un plazo máximo de 5 días hábiles, para que la CFAS emita un acta de valoración, determinando el archivo del expediente o bien la existencia de un posible caso de acoso sexual o por razón de género. Cuando la CFAS constate que los hechos denunciados tengan identidad con los supuestos de hechos recogidos en alguno de los delitos contra la libertad sexual del Código Penal, la SEGE remitirá el expediente al Ministerio Fiscal.

De las conclusiones del acta de valoración de la CFAS, la SGARH dará traslado a la víctima, o en su caso a la persona denunciante, a la denunciada y a la dirección del centro o persona responsable de unidad a la que pertenecen las personas afectadas.

Es necesario proceder con la discreción, prudencia y respeto para proteger la intimidad, la dignidad de las personas y la igualdad de trato entre hombres y mujeres implicados. Las personas implicadas podrán ser asistidas por algún representante unitario o sindical u otro acompañante de su elección, en todo momento a lo largo del procedimiento, si así lo requieren.

Toda la información a que hace referencia este Protocolo, se manejará de modo que se proteja el derecho a la confidencialidad de la información tratada, por lo que se solicitará la firma de una declaración responsable a las partes interesadas, testigos y Comisión Frente al Acoso Sexual (CFAS) para dar cumplimiento a este principio. Las personas que intervengan en el procedimiento tienen obligación de guardar una estricta confidencialidad y reserva. No deben transmitir ni divulgar información sobre el contenido de las denuncias presentadas, resueltas o en proceso de investigación de las que tengan conocimiento. Por ello, desde el momento en que se formule la denuncia, la persona o personas responsables de su iniciación y tramitación asignarán unos códigos numéricos identificativos, tanto de la víctima, como a la persona supuestamente acosadora.

En el punto 7 del Protocolo desarrolla las medidas específicas de prevención e intervención en situaciones que impliquen convivencias prolongadas. En concreto:

  • Medidas informativas, formativas y de sensibilización
  • Medidas organizativas en los buques

Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos 2024.

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades también dispone de los siguientes canales de consulta ante cualquier duda en esta materia:

Actividades y divulgación

Noticias

La presentación de la versión en catalán del libro tendrá lugar en el InstitutCartogràfic i Geològic el día 9 de febrero seguido de una charla-tertulia en el Geociencias Barcelona el día 15 de febrero.

La organización está a cargo de ,Institut Cartogràfic i Geològic, SGE, AEPECT y Geo3BCN-CSIC, con la colaboración del IGME-CSIC, ASGMI, EFG y proyecto ENGIE.

Actividad gratuita y abierta al público

igualdad@igme.es, marta.gonzalez@icgc.cat

Actividades

La Comisión de Mujeres y Geología de la Sociedad Geológica de España (SGE) junto con el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) presentan la IV Jornada de Mujeres y Geología: Geólogas en Red como actividad conmemorativa del 11F día internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia. Hemos contado con la inestimable colaboración de: – Instituto Español de Oceanografía (IEO) – Asociación Mujeres con los pies en la Tierra – Asociación Geolatinas – Asociación de Servicios de Geología y Minería Iberoamericanos ¡No os lo perdáis!

Varias geocientíficas establecerán un diálogo con estudiantes de primaria sobre su actividad técnica e investigadora destinado a mostrar a mujeres como referentes e incentivar vocaciones en niñas que quieran dedicarse a las Ciencias de la Tierra. Estos encuentros tendrán lugar los días 7 y 9 de febrero en la sede central del IGME-CSIC.

Organizan el Instituto Geológico y Minero de España (IGME-CSIC), el Instituto de Geociencias (IGEO-CSIC-UCM), la Comisión de Mujeres y Geología de la Sociedad Geológica de España (SGE) y la Asociación de Servicios de Geología y Minería Iberoamericanos (ASGMI).

Actividad dirigida al alumnado que visita el Museo Geominero en los días señalados igualdad@igme.es

Las charlas se retransmitirán en streaming:

Charla del día 7 de febrero

Charla del día 9 de febrero

Para saber más pincha el siguiente enlace Charlas con GEOCIENTÍFICAS

Con esta exposición viajaremos en el tiempo para dar voz a 12 geólogas de épocas, contextos históricos y nacionalidades diferentes, pero con un denominador común: dejaron una impronta imborrable sobre los estratos del conocimiento. Doce mujeres que retaron a la sociedad de su
época para avanzar en el difícil y sacrificado camino de la Ciencia.

La organización de las exposiciones está a cargo de Geo3BCN-CSIC, Institut Cartogràfic i Geològic, SGE, IGME-CSIC, AEPECT, Parque de las Ciencias de Granada, ASGMI, EFG, UB y proyecto ENGIE.

Exposición gratuita y abierta al público :
igualdad@igme.es,
marta.gonzalez@icgc.cat,
comunicacion@geo3bcn.csic.es.

 

Serie de cómics: Nuevas Caras de Viejos Problemas